miércoles, 16 de febrero de 2011

Por quarta vez se aplico en Rocha la ley 18516



Ley 18516 obliga a emplear peones de la zona en obras públicas.
El sector  de la construccion viene teniendo un crecimiento muy importante en este tiempo en nuestro departamento y se busca siempre la aplicación de la ley 18516, que refiere al trabajo de peones prácticos y de obreros no especializados en obras efectuadas por el estado, los gobiernos departamentales, los entes autónomos y los servicios descentralizados.
En nuestro departamento se cuenta con la seguridad de obras que se realizarán dentro de poco tiempo, como el edificio de la universidad , que asegurará mucha mano de obra, otro ejemplo el de Stiler (Empresa Constructora),además del auge que viene teniendo la industria en el ámbito privado.
.Esto dará un volumen de trabajo muy importante, y a su vez genera un desafío, en el que los trabajadores de la construcción deben capacitarse, ya que no cuentan con una mano de obra calificada para enfrentar ciertos trabajos.
La ley 18516 establece que “la finalidad que se persigue es satisfacer con mano de obra local la demanda de personal no permanente, peones prácticos y/o obreros no especializados, que el Estado o las empresas que éste contrate o subcontrate, puedan requerir por un mínimo de siete jornadas de trabajo efectivo en la ejecución de las obras públicas, cuando su personal permanente sea insuficiente”


Silvia Irisarri jefa de la oficina de trabajo de Rocha señalo “se abrirán registros de aspirantes al trabajo por categoría, en el que podrán inscribirse quienes acrediten vecindad en un radio de hasta 100 kilómetros de la zona en el que se realizarán las obras en forma independiente de las fronteras departamentales”
Es necesario hacer sorteos en el ámbito del Ministerio de Trabajo para peones comunes y peones prácticos.
 Del total de convocados a trabajar el 35% se sorteará entre aquellos que integren la lista proporcionada por los organismos públicos que en el departamento desarrollen planes de trabajo.
Rochaaldia pudo acceder al texto de la normativa y allí queda claro que aquellas empresas privadas que incumplan con la ley serán sancionadas “con una multa de 50 a 500 Unidades Reajustables UR, a juicio de la Inspección General del Trabajo y de la Seguridad Social y cuyo destino será el funcionamiento de las respectivas Comisiones Locales de Trabajo a través de la Oficina Departamental de Trabajo. La empresa sancionada deberá regularizar la situación y pagar la multa aplicada antes de poder participar de nuevas licitaciones por parte del Estado